Servicios Especializados.

Se permite a las empresas la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el REPSE.

Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

¿Eres proveedor de Servicios Especializados y aun no cuentas con el REPSE?
Contratar tus servicios sin registro REPSE pone en riesgo a ambas partes (clientes y proveedores) ya que ambos estarían incumplimiento de la ley.

Tramita tu registro REPSE de la mano de expertos.
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